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SCJN avala artículo para que el SAT difunda lista de empresas ‘fantasmas’

Sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Imagen de archivo. Foto Jesús Villaseca

Gustavo Castillo García 

Ciudad de México. Por tres votos contra dos la Primera Sala de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 69-b del Código Fiscal de la Federación, que faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a integrar y difundir un listado de empresas que considere “fantasmas”.

Con el voto en contra de los ministros Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la aprobación de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández y José Ramón Cossío Díaz, la Primera Sala concedió un amparo a la empresa Grupo Impulsor del Sur, para que un tribunal analice si es procedente que el SAT la retire del listado de empresas “fantasma”.

El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, faculta al SAT para que a través de su página de Internet se den a conocer “los contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas apócrifas, así como a los contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron (emitir facturas sin tener operaciones)”.

JSL
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