Iván Evair Saldaña
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los tribunales colegiados y plenos regionales suspender temporalmente la resolución de al menos 25 amparos que impugnan la constitucionalidad de las normas del gobierno federal emitidas en 2023 y 2024 que prohíben la venta, distribución y publicidad de comida chatarra en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, públicas y privadas.
Mediante el Acuerdo General 7/2026-AAG, publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Corte explicó que la medida permanecerá vigente mientras resuelve los amparos en revisión 20/2026 y 91/2026, promovidos por empresas embotelladoras del sistema Coca-Cola, en los que analizará la constitucionalidad de esas disposiciones.
El aplazamiento busca evitar que los tribunales emitan sentencias contradictorias o incompatibles con el criterio que fije el máximo tribunal. Una vez que la SCJN resuelva esos casos, los órganos jurisdiccionales podrán dictar sentencia en el resto de los amparos relacionados.
Las normas cuestionadas son los “Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, la distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional”, del 30 de septiembre del 2024, y el decreto que reformó la Ley General de Educación, en materia de salud alimentaria en las escuelas, del 20 de diciembre del 2023.
De acuerdo con la Dirección General de Estadística Judicial del Órgano de Administración Judicial, al 9 de junio pasado se registraron 25 amparos en revisión sin resolver relacionados con el análisis de constitucionalidad de dichas normas.
A partir de hoy, la Corte entró en su primer receso del año por lo que regresará a sus sesiones públicas hasta el 3 de agosto próximo.





