Alonso Urrutia

Ciudad de México. Los partidos políticos estarán obligados a devolver los recursos de campaña que no ejerzan, conforme a los Lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido del financiamiento público destinado a las campañas políticos en comicios federales y locales, que esta tarde validó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso promovido por varios partidos, con exepción el PRI y el Verde.

En sesión pública de la Sala Superior del TEPJF los magistrados desecharon los agravios argumentados por los partidos en el sentido de que el INE tuviera las facultades y el fundamento legal para obligarles a devolver los recursos de campaña que no hayan gastado.

En 2015, el INE pretendió aplicar esta medida ante el elevado monto de recursos que los partidos no ejercieron, según sus reportes de gastos de campaña, el cual superaba el 30 por ciento del total de las prerrogativas de campaña.

En aquella ocasión, los partidos también impugnaron la decisión del INE y en ese momento, los magistrados consideraron que el acuerdo aprobado por el INE no se estipulaban con precisión las normas que deberían seguir los partidos políticos para devolver los recursos, por lo que instruyó al organismo a realizarlo, “de inmediato”.

Sin embargo, ya no fue aplicable para las campañas políticas del 2015, por lo que para los comicios locales de este año, el INE aprobó los lineamientos en cuestión, mismos que fueron impugnados. “Los partidos políticos solo pueden utilizar el financiamiento público asignado para gastos de campaña para ese único fin y no para otro objeto diverso”.

Ya desde la primera sentencia del TEPJF, los magistrados habían considerado que existe la obligación implícita de los partidos políticos de reintegrar al erario público los recursos que fueron asignados específicamente para gastos de campaña, y que no fueron devengados o comprobados de forma debida. Los magistrados destacaron que para los efectos, no hay aplicación retroactiva de estas disposiciones..

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