Angélica Campillo

Daniel Jacobo Marín, investigador de El Colegio de San Luis (Colsan), declaró que el pasado 20 de julio el juez quinto de Distrito en Ciudad Valles otorgó una suspensión definitiva a la construcción del gasoducto de la empresa Enercitro, debido a que, anterior a su ejecución, no hubo una consulta a los pobladores de diversas comunidades.

Entrevistado al respecto, Jacobo Marín, quien dio asesoría legal y ambiental en este caso, en conjunto con la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, dijo que en agosto del año pasado, los pobladores indígenas de las comunidades de Chalchitépetl, perteneciente al municipio de Matlapa, así como del ejido de Chimalaco, de Axtla de Terrazas, se acercaron a ellos para solicitar apoyo cuando tuvieron conocimiento de que la empresa Enercitro pretendía construir un gasoducto que pasaría debajo de sus viviendas.

Apuntó que luego de un recorrido de campo realizado por el Colsan, identificaron que el ducto tenía una distancia de 20 kilómetros, que seguramente iba a llegar hasta la empresa Citrofrut, la cual se localiza sobre la carretera México-Laredo número 312, en la delegación de Huichihuayán. Agregó que además, atravesaba un buen número de arroyos importantes para los pobladores, algunos muy cercanos a sus hogares.

El investigador refirió que tienen dos hipótesis: una es que la empresa busca esquivar la Ley de Hidrocarburos, ya que esta ley obliga a que siendo un proyecto de esta naturaleza, haga una manifestación de impacto ambiental, de carácter regional, “tenemos algunos oficios que dicen que seguramente la empresa la tiene, pero hasta el momento no la hemos identificado”.

Comentó que la otra hipótesis se refiere a que no hubo consulta para este proyecto, y este es precisamente el tema principal de los amparos, ya que señaló que a pesar de que tengan un estudio justificativo técnico perfecto, la cuestión es que la Ley de Consulta Indígena y la propia Ley de Hidrocarburos señalan que si hay comunidades indígenas afectadas por algún plan, los pobladores del lugar tienen que ser obligatoriamente consultados.

En ese sentido, recordó que el pasado 6 de junio el juez quinto de Distrito, concedió una suspensión provisional a ambas comunidades, mientras que el 20 de julio le otorgó solo a Chalchitépetl la suspensión definitiva, la cual implica que las obras y la operación del gasoducto se suspenden, en tanto no se dicta la sentencia, “de alguna manera es un gran triunfo legal”.

Consideró que este caso podría resolverse en unos meses más, ya que algunas autoridades responsables que acusan, tienen su domicilio en la Ciudad de México, como la Semarnat, la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía, por lo que se debe esperar hasta que hagan llegar sus informes justificativos, aunado a algunas audiencias que también se tienen que llevar a cabo.

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