Redacción
Ciudad de México. La pérdida de mil 513 huevos de tortuga en playa Delfines de la zona hotelera de Cancún, se debió a causas climáticas y biológicas de la especie, informó la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) luego de una inspección al corral de incubación. Explicó que alrededor de 40 mil huevos de tortuga completaron debidamente su ciclo natural de eclosión.
En un comunicado informó que en atención de una denuncia pública, constató que en dicho sitio operado por la Dirección General de Ecología del Municipio de Benito Juárez, se reubicaron entre enero y octubre 535 nidos de quelonios de distintas especies, recuperados o rescatados de toda la zona federal marítimo terrestre que conforma el área hotelera de Cancún. Hasta el momento, 405 mil han eclosionado.
Como resultado de la inspección se constató que el corral de incubación cuenta con 130 nidos de tortuga blanca (Chelonia mydas). Este campo tortuguero está ubicado a 28 metros de la pleamar máxima y se encontró libre de cercos metálicos o bases de concreto u otro elemento, obra o actividad que obstaculice el libre acceso de las tortugas marinas para su desove o el desplazamiento de las crías hacia el mar.
Apuntó que en todo el litoral de Quintana Roo se puede observar el arribo a sus playas de hembras de cuatro especies de tortuga marina, la tortuga Láud (Dermchelys coriacia), la Tortuga Blanca (Chelonia mydas), la tortuga Caguama (Caretta caretta) y la tortuga Carey (Eretmochelys imbricata). Todas ellas clasificadas bajo la categoría de riesgo “en peligro de extinción” por la “Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 e incluidas en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés).
Para su protección y regulación de los campamentos tortugueros existe la Norma Oficial Mexicana NOM-162-SEMARNAT-2012, que establece las especificaciones para la protección, recuperación y manejo de las poblaciones de las tortugas marinas en su hábitat de anidación.
De acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México.





