Gustavo Castillo

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acelerará el análisis y estudio de la viabilidad para que se cree la comisión de la verdad para el Caso Iguala.

Este martes, el ministro Luis María Aguilar Morales, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite los incidentes de inejecución de sentencia relacionados con los amparos en revisión que promovieron diferentes quejosos en contra de los señalamientos realizados por la PGR y otros actores que han señalado que es inviable jurídica y materialmente crear una comisión de la verdad para el Caso Iguala, relacionado con la desaparición de 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa.

En este caso los tribunales con sede en Tamaulipas han ordenado reconocer la calidad de víctimas de las personas a quienes se les reconoció ese carácter en la averiguación previa, o bien, en las ejecutorias indicadas; que PGR cese o dé por concluida la asignación encomendada a peritos de dicha dependencia para que dictaminen a los inculpados; requerir al agente del MPF para que presente los dictámenes en materia médico psicológica realizados por una institución independiente, conforme al Protocolo de Estambul, en lo que deberá examinarse a diversos declarantes, a fin de investigar los actos de tortura que alegaron.

Aguilar Morales admitió a trámite los incidentes de inejecución de sentencia 154/2018, 155/2018, 156/2018 y 157/2018, atendiendo al derecho a la prontitud en la administración de justicia, “y ante la reiterada manifestación de la PGR, así como de las manifestaciones que obran en autos de la CNDH, del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, relacionadas directa o indirectamente con diversas causas de imposibilidad jurídica para cumplir la ejecutoria dictada en los diversos amparos en revisión 203/2017, 204/2017, 205/2017 y 206/2017.

“Se estimó innecesario dilatar el trámite del presente asunto, por lo que se impone integrar los respectivos incidentes de inejecución y turnarlos con el objeto de que el ministro ponente elabore el proyecto de resolución que corresponda”, en este caso le correspondió el conocimiento de los incidentes de inejecución de sentencia a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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