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Ciudad de México. Con las reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor los usuarios del servicio público aéreo ya no sufrirán la sobreventa de boletos y, en caso de demoras, tendrán compensaciones.

Las normas establecen que las aerolíneas deberán informar a los usuarios, a través de medios electrónicos y en el área de abordaje, las razones o causas que originen la demora de un vuelo.

Además, deberán poner al alcance la dirección electrónica de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para interponer su queja.

El pasado 27 de abril, el pleno del Senado aprobó por unanimidad dos dictámenes que establecen sanciones a las aerolíneas que incumplan con los horarios de vuelos e incurran en sobreventa de boletos, por lo que estarán obligadas a pagar compensaciones a los usuarios.

Con estas reformas, que fueron turnadas al Ejecutivo federal para su publicación, se elevan a ley los derechos de los pasajeros, y refieren que las políticas de compensación quedarán definidas por cada aerolínea ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Profeco.

(Con información de Notimex)

 

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