Fernando Camacho y Enrique Méndez

La Cámara de Diputados emitió este martes la declaratoria de la reforma constitucional para reducir la semana laboral a 40 horas, luego de que se cumplió el trámite constitucional de su aprobación en los congresos de 22 estados.

En su sesión de hoy, el pleno de San Lázaro llevó a cabo la declaratoria de la enmienda que reformó las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política en materia de reducción de la jornada laboral.

En un breve trámite, la Mesa Directiva hizo del conocimiento de la asamblea la recepción de 22 oficios de los congresos estatales que avalaron la reducción de la semana laboral a 40 horas: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.

A partir de ello envió la reforma para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En la minuta adjunta se establece que “la jornada laboral será de cuarenta horas semanales en los términos que establezca la Ley. Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro”.

También se indica que “cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias. El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo”.

Además, se puntualiza que “la prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido en el párrafo que antecede, obliga a la persona empleadora a pagar 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia. Las personas menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario”.

En el artículo tercero transitorio, se estableció que la reducción de la jornada laboral será gradual: 48 horas por semana en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030. En el cuarto, además, se indica que “en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras”.

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