
Federico Anaya Gallardo
Chacona era una danza animada y licenciosa, asociada usualmente a otra llamada Zarabanda. Esta última palabra significa también lío y embrollo, cosa que causa ruido estrepitoso, bulla o molestia repetida. Sarao aún significa “Reunión nocturna … para divertirse con baile o música” pero para buen sarao no hay mala hora. Lo relevante, lectora, es que aquéstas referencias castellano-indianas nos recuerdan que la violencia ha estado (y seguirá estando) siempre entre nosotros.
En la famosa Chacona de la Vida Bona (circa 1600) el coro repite “A la vida, vidita bona, / vida, vámonos a chacona.” (Ve la Liga 1, adonde la interpreta el grupo mexicano de música antigua Ars Nova.) Lindo, ¿verdad? Pero las cosas nunca han sido tan simples. Los versos son claros : “Porque se casó Almadán / se hizo un bravo sarao …” y, una cosa lleva a otra, así que “salió La Raza y La Traza / todas tomadas de orín / y danzando un matachín / … entre La Raza y La Traza / se levantó tan gran lid / que fué menester que El Cid / [se] bailase una chacona.” Lindo de nuevo, pero violento. La fiesta termina a golpes, los grupos que primero bailan luego se enfrentan. Bailamos matachines y terminamos de matarifes. Y si alguien ha de hacer la paz, deberá ser un héroe imposible –como Mío Cid Campeador.
La violencia es cosa seria, me dirás lectora. Lo es. Y tanto, que nuestra sociedad la ha procesado culturalmente hace muchos siglos. Las chaconas son músicas barrocas. Sus versos y meneos transmiten un mensaje viejo: seamos responsables en nuestros saraos. Similar función tienen nuestros chistes. Lo malo de la modernidad racional de nosotros los liberales es que tendemos a ser demasiado serios. Eso, pese a que el Guillermo Prieto de Paco Ignacio Taibo II nos recuerda jocoso que hasta Juárez bailaba. Hace años ví un vídeo con Plutarco Elías Calles moviéndose todo en extraño éxtasis fiestero… (Habría que preguntar a Clío por la referencia.) Como ya somos modernos (y serios) cuando se transmitió el video de la ejecución en San José de Gracia nadie se atrevió a recordar que aquel funeral había terminado como El Rosario de Amozoc. Hemos ido perdiendo la gracia… Cosa mala, porque sólo con buena cara se mantiene la memoria, se asumen las responsabilidades y se vencen las dificultades.
Mira la imagen que puse al principio, lectora. El pretexto del meme es el último incidente de violencia de barras en estadios que acabamos de presenciar en el Corregidora de la ciudad de Santiago de Querétaro (5 de febrero de 2022). Lo posteó en su muro Facebook un aficionado taurino de Tula de Allende (avatar “Ivan Chavez”) y la replicó en la misma red el potosino Luis López Palau –quien fuera el primer ombudsman de San Luis Potosí. (Liga 2.) Lo malo es que no es chiste, sino una afirmación seria. El futbol es violento, los toros son pacíficos. (¡Ahora resulta…!)
Aparte, la imagen es racista y clasista. La violencia la cometen personas de piel morena. La idílica imagen taurina nos muestra niños blancos y güeritos en la barra de sol. Nada ha cambiado. En la Chacona de 1600 quienes bailan son “un africano sin fe, / un negro y una gitana …” Porque ¡por supuesto! “nosotros”, los blancos, europeos, criollos, cristianos viejos … somos incapaces de violencia. Si te cabe alguna duda de esta parte del mensaje cultural, lectora, mira la película Nuevo Orden (2020) de Michel Franco.
Lo cierto y verdadero es que la violencia la construimos todas y todos. Y lo hacemos, en parte, por supina ignorancia. Por ejemplo, en la predecible guerra de tuits que siguió al incidente en La Corregidora, inmediatamente se exigió la renuncia del gobernador panista de Querétaro y se acusó al presidente morenista de haber creado el ambiente de polarización que llevó al desastre concreto. Nadie parece haberse enterado que un partido de futbol (o una corrida de toros) son espectáculos públicos que caen en la jurisdicción territorial de los municipios libres.
En concreto, para la tragedia del 5 de marzo de 2022, la norma aplicable era el Reglamento de Espectáculos Públicos del Municipio de Querétaro, aprobado por Marcos Aguilar Vega (PAN) y su honorable Ayuntamiento y publicado en La Sombra de Arteaga (el periódico oficial queretano) el 22 de septiembre de 2017. Detalle interesante: el panista Aguilar Vega es abogado por la Universidad Autónoma de Querétaro (licenciatura y maestría) y, entre sus primeros trabajos, destaca haber sido jefe del departamento de Espectáculos (1997) y del de inspección única (1998) en el gobierno municipal de Querétaro. Aparte, trabajó en protección civil, seguridad e higiene y prevención en la secretaría estadual de Trabajo entre 1999 y 2000. Acaba de ser diputado federal (plurinominal, 2018-2021) y allí fue integrante de la comisión de Gobernación y Población. En otras palabras, un funcionario que –antes de ser alcalde– sabía del tema de seguridad en espectáculos públicos y quien –luego de dejar el municipio– siguió vinculado al tema.
¿Qué nos dice el Reglamento de marras? Primero, que el partido de futbol es un “espectáculo deportivo” en el que se realiza una “actividad física ejercida como juego o competición, cuya práctica supone entrenamiento y sujeción a normas. Puede realizarse al aire libre o en un establecimiento cerrado” (artículo 3 fracción VIII). Como el evento se realizó en un “establecimiento” (que es una edificación o instalación en la que “tiene lugar la celebración de un espectáculo público”, fracción IX), debía tomarse en consideración su “aforo”, es decir, la “capacidad máxima de personas que puede admitir un recinto … sin que deje de ser seguro, y que pueda ser desalojado de manera rápida en situaciones de emergencia” (fracción I).
Para que se pueda cumplir este mínimo, el que organiza el espectáculo debe solicitar una “autorización” o “permiso” con doce días hábiles antes de la celebración del evento (artículo 12 segundo párrafo). Quien autoriza es el Municipio, a través de su Secretaría General. El solicitante debe aclarar “si [se] pretenden realizar dentro del lugar, la venta y consumo de bebidas alcohólicas, alimentos o artículos promocionales del espectáculo de que se trate” (artículo 12 tercer párrafo fracción VIII). Si ha de venderse alcohol, el Secretario de Gobierno queretano debe haber otorgado su permiso (artículo 13 fracción III).
Y, dado que estamos ante un espectáculo de masas, a celebrarse en un recinto permanente que es él mismo sitio de interés arquitectónico de la ciudad, el solicitante debe tener –antes de pedir su autorización para el espectáculo– un “dictamen emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil respecto al establecimiento o lugar en el que deba desarrollarse el espectáculo e implementos que se relacionen con la celebración del mismo; o en su caso, de las instalaciones mecánicas, eléctricas o pirotecnia. Este dictamen señalará el aforo, el número de elementos de seguridad, ambulancias y demás medidas, requisitos y condiciones que deberá cumplir el organizador para llevar a cabo el espectáculo y se acompañará del documento que acredite la contratación de los servicios médicos y la seguridad privada” (artículo 13 fracción IV).
Por tanto, eran falsas las reacciones iniciales de algunas de las autoridades queretanas que alegaban que el estadio era una instalación privada y que por lo mismo no podían intervenir. Intervienen de manera periódica y constante desde mucho tiempo antes. Por eso es que, asegún nos hemos enterado de los desafueros de la compañía de seguridad privada, las autoridades han empezado a sancionarla. ¿Cómo sabían a quién sancionar? Porque el organizador del partido se les había reportado previamente.
Termino con un detalle al tiempo antiguo y urgente. ¿Quién es la autoridad en un evento como el partido entre Gallos y Atlas? El Reglamento que he citado nos dice que existe un “Inspector Autoridad” que es la “persona representante del Presidente Municipal en los espectáculos que se celebren en el municipio de Querétaro” (artículo 3 fracción XI). ¿Qué hace? “Le corresponde ejercer el carácter de autoridad superior dentro de los espectáculos deportivos, y supervisará que los mismos se desarrollen de conformidad con lo establecido en normas o reglamentos de observancia municipal, estatal, nacional o internacional para esa disciplina” (artículo 25). Lo nombra el alcalde a propuesta del Secretario General municipal. Debe tener “reconocida honorabilidad, conocimientos y experiencia en la materia y no tener vínculos personales o económicos con empresarios o con los participantes. Para el desempeño de sus funciones, podrá auxiliarse del personal que se requiera” (artículo 26 primer párrafo). Cosa relevante: el Inspector Autoridad “vigilará que el público que asiste a los espectáculos no altere el orden, cruce apuestas, ataque o insulte a los participantes. Para tal efecto, en caso de ser necesario, podrá auxiliarse de los elementos de seguridad del evento, o elementos de seguridad pública, según las circunstancias” (artículo 27)… El problema es que “el cargo de Inspector Autoridad es honorífico y no genera relación laboral entre quien lo detente y el Municipio de Querétaro. Igual situación aplica para el personal de apoyo de sus funciones” (artículo 26 primer párrafo).
En una corrida de toros en Querétaro, aparte del Inspector Autoridad hay un Juez de Plaza quien “tendrá a su mando a la policía destinada al servicio de la plaza de toros” (artículo 66 fracción I inciso j del Reglamento Taurino del Municipio de Querétaro). En este caso, el Inspector Autoridad ¡está subordinado al Juez de Plaza! (artículo 66 fracción IV inciso g del mismo Reglamento Taurino). Cosa extraña, este reglamento señala que en el callejón sólo puede haber cuatro policías. Supogo (soy un villamelón) que puede haber más en otras partes de la plaza. Cosa más extraña, parece que en este caso no puede haber “seguridad privada”, sino necesariamente policía (del municipio).
Si empecé por chaconas o saraos –y si traigo a colación los toros– es porque la violencia es un riesgo perpetuo en los espectáculos públicos. (Barras y porras había en la Constantinopla medieval… si quieres ir lejos, lectora.) Lo ridículo es que Todomundo cree que los espectáculos caen en la “autorregulación” de los organizadores privados (empresarios del fútbol y taurinos). Los reglamentos que mencioné dejan mucho espacio a esto, pero son muy claros en que existe un interés público en la materia y que las normas vigentes prevén la intervención de la autoridad municipal. Pero, en cosas tan grandes como el futbol profesional, el Inspector Autoridad no puede ser “honorífico”. Mínimo, debiese tener el mando de la policía. Y, en determinadas circunstancias, la seguridad debe ser proveída por el municipio o el Estado, no por privados. Si hasta en los toros (una fiesta a la que debería prohibirse la asistencia de menores de edad, por cierto) el Juez de Plaza tiene mando policial, ¿qué esperan los ayuntamientos para dar más seguridad a la ciudadanía?
Ligas usadas en este texto:
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Liga 1: https://youtu.be/1rIRvVIuFRs
Liga 2: https://www.facebook.com/100002483993126/posts/4934037020022382/





