Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación M-05/2016, sobre lugares de detención, a las autoridades de los municipios de Álamos, Banámichi, Benjamín Hill y Etchojoa, del estado de Sonora, por carencias alimentarias, instalaciones inapropiadas, falta de fundamentación y motivación en las resoluciones de las sanciones administrativas que se aplican y falta de supervisión a los lugares de detención, así como por la ausencia de normatividad que los regule.
En su calidad de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), la CNDH inspeccionó en junio de 2016 diversas áreas de arresto, en donde participaron 15 visitadores acompañados por personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora.
En dichas acciones, el organismo advirtió que en distintos lugares de arresto no se asigna una partida presupuestal para proporcionar alimentación a las personas detenidas, las instalaciones se encuentran en mal estado y además no cuentan con áreas específicas para mujeres.
Además, detectó que las sanciones administrativas son impuestas sin emitir resolución escrita, fundada y motivada, aunado a que los responsables de las áreas de arresto no han recibido capacitación en materia de prevención de la tortura y no cuentan con reglamento interno y manual de procedimientos, a pesar de la importancia de su existencia, ya que en ellos se prevén las actividades que corresponden a los servidores públicos que laboran en ellos.
Por todo lo anterior, le recomendó al gobierno de Sonora que realice acciones pertinentes para garantizar que todas las personas privadas de la libertad en las áreas de arresto reciban tres veces al día y en un horario establecido, alimentos cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud, poniendo especial atención en su calidad e higiene, así como las gestiones administrativas conducentes para la asignación de un presupuesto razonable para llevarlo a cabo.
Asimismo, pidió que realice evaluaciones sobre el mantenimiento y equipamiento de las áreas de arresto para asignar los recursos suficientes para que las instalaciones reúnan las condiciones de habitabilidad y de higiene que permitan a las personas privadas de la libertad una estancia digna.
También recomendó llevar a cabo las acciones pertinentes para la implementación de programas de capacitación en materia de derechos humanos y prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que contemplen los temas del uso racional de la fuerza y manejo de conflictos, dirigidos a los servidores públicos responsables de la custodia de las personas privadas de la libertad.
Por último, llamó a las autoridades sonorenses a elaborar y expedir la normatividad reglamentaria para regular el funcionamiento de los lugares de arresto, lo que también contribuirá a la prevención de actos que puedan constituir tortura o maltrato.





