Angélica Campillo

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó la denuncia interpuesta por el activista Rafael Aguilar Fuentes en contra Martín Faz Mora, en su carácter de consejero electoral del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) de San Luis Potosí.

Cabe recordar que fue el 14 de septiembre de 2016 cuando Aguilar Fuentes presentó escrito de denuncia en contra de Faz Mora, porque aparentemente filtró documentación del Ceepac a un reportero, entregando como pruebas recortes de periódicos y una conversación difundida a través de la página de You Tube.

El 30 de septiembre de 2016, se informó a Aguilar Fuentes que no había lugar a dar inicio al procedimiento de remoción en contra del consejero electoral local, en virtud de que los hechos denunciados derivaban del contenido de una conversación difundida de manera ilícita.

Luego de varios recursos de apelación interpuestos por el activista, las cuales fueron consideradas improcedentes, el pasado 5 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal confirmó por unanimidad la resolución aprobada por el Consejo General del INE el 24 de febrero del año en curso, dentro del Procedimiento de Remoción de Consejeros Electorales identificado con la clave de expediente UT/SCG/PRCE/JRAF/JL/SLP//2016, por el que a su vez, meses antes, desechó la denuncia interpuesta contra Martín Faz.

Los magistrados electorales catalogaron de inoperante el agravio del quejoso, porque no especificó las diligencias de investigación que a su parecer eran necesarias realizar, ya que únicamente se limitó a manifestar que se debieron realizar las acciones necesarias, pero sin precisar cuáles tenían que haber sido y cómo debieron realizarse.

Finalmente, se llegó a la conclusión de que la denuncia presentada en contra de Faz Mora debía desecharse por improcedente.

Reloj Actual - Hora Centro de México