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Niega CRE a privados modificar cuatro permisos de generación eléctrica

Iberdrola y Enertek son las empresas privadas a las que la CRE les negó modificar permisos de generación eléctrica. Foto La Jornada/Archivo

Alejandro Alegría

Ciudad de México. La Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó que cuatro permisos de generación de energía eléctrica que fueron concedidos a empresas privadas, entre ellos tres otorgados a Iberdrola, sean modificados.

En sesión ordinaria, el órgano de gobierno del ente regulador rechazó que se realicen cambios en la condición tercera y cuarta, relacionadas al aprovechamiento de la energía eléctrica generada y a los planes de expansión.

Así, la CRE no permitió que se modifique la tercera condición en los permisos concedidos a Iberdrola en Cogeneración Ramos y Cogeneración Altamira, mientras que a Enertek no le autorizó el cambio en la condición cuarta. En tanto que a Iberdrola Energía la Laguna se le rechazó modificar ambas condiciones.

La decisión sigue el camino que se ha observado en los últimos meses de rechazar las modificaciones de los permisos a privados que participan en el mercado eléctrico.

El 22 de octubre pasado no autorizó a empresas privadas cinco permisos de generación y siete solicitudes para modificar permisos, mientras que en agosto pasado no concedieron el permiso a la empresa Saturno Solar para generar energía eléctrica en un parque solar ubicado en el estado de Hidalgo.

Los comisionados Guadalupe Escalante Benítez y Luis Guillermo Pineda Bernal votaron a favor de la resolución, pero en calidad de concurrente, por lo que sus razones, dijeron, serían enviadas a la Secretaría Ejecutiva.

La CRE también aprobó la modificación a una resolución para determinar el cálculo y ajuste de la tarifa máxima de los suministradores de último recurso y el precio máximo del suministro de último recurso que aplicarán la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a través de su subsidiaria CFE Suministrador de Servicios Básicos.

El órgano de gobierno también autorizó un acuerdo que determina las tarifas finales del suministro básico aplicables para el periodo del uno al 30 de noviembre de este año y así dar cumplimiento a la suspensión definitiva otorgada en el juicio de amparo 240/2021 por el juzgado segundo de distrito en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.