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Recomienda CNBV medidas a bancos ante Covid-19

Julio Gutiérrez 

Ciudad de México. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) pidió a los bancos que operan en México no pagar dividendos a sus accionistas ni ejecutar la recompra de acciones o cualquier otro mecanismo que beneficie a sus socios con el fin que tengan recursos para enfrentar la crisis causada por el coronavirus.

El organismo regulador, precisó que dicha recomendación es para que las instituciones bancarias “estén en mejor posición de absorber las potenciales pérdidas que pudieran presentarse como resultado de la pandemia y cuenten con mayores recursos para apoyar a la economía”.

Explicó que, diversos bancos centrales en el mundo han tomado medidas para los bancos comerciales, pues la contingencia sanitaria derivada de la pandemia covid-19 y las medidas de mitigación y sana distancia generarán, un impacto en diversas ramas de la economía, y a la fecha, no es posible determinar la profundidad, duración, ni los efectos económicos.

“La CNBV emitió una recomendación a las instituciones bancarias para que se abstengan de acordar el pago a los accionistas de dividendos provenientes de la institución de banca múltiple, así como cualquier mecanismo o acto que implique una transferencia de beneficios patrimoniales a éstos”, precisó.

Exhortó a los bancos a no asumir el compromiso irrevocable de pagar los dividendos por lo que respecta a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, incluyendo la distribución de reservas.

“En caso de que la institución de banca múltiple de que se trate pertenezca a un grupo financiero, la medida incluirá a la sociedad controladora del grupo al que pertenezca, así como a las entidades financieras o sociedades que formen parte de dicho grupo”, detalló.

Llamó a los bancos a no llevar a cabo recompras de acciones o cualquier otro mecanismo tendiente a recompensar a los accionistas.

“Cualquier institución bancaria o grupo financiero que pretenda no seguir esta recomendación deberá dar aviso por escrito a esta Comisión, dentro de los próximos siete días hábiles, suscrito por su director general, explicando las razones por las cuales determina no cumplir con la misma. Dicha decisión y sus razones serán hechas del conocimiento público”.

JSL
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