Susana González G.
Ciudad de México. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), dependiente la Secretaría de Economía (SE), anunció que se modificará la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016 que establece las especificaciones de calidad de los petrolíferos.
Con ello se permitirá, salvo en las ciudades de México, Guadalajara y Monterrey, “la importación y producción de gasolinas con hasta 10 por ciento de etanol (E10), como las que se comercializan en los Estados Unidos, y se podría generar una reducción en el precio de venta de los combustibles, ya que al permitirse otro tipo de gasolinas, el consumidor tendrá mayores opciones de compra. Además, se busca incentivar la competencia y la posibilidad de elección debido a las condiciones de precio y disponibilidad”.
La Cofemer xplicó que concedió a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la exención que solicitó de presentar la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) sobre la modificación de la citada norma al considerar que no implica costos de cumplimiento para los particulares.
Sin embargo, aclaró que las gasolinas con especificaciones de calidad internacionalmente aceptadas sólo podrán ser comercializadas fuera del Valle de México y las zonas metropolitanas de Guadalajara y Monterrey, debido a que la NOM-016 está vigente para dichas áreas.
La Cofemer también avaló la autorización para agregar aditivos mejoradores de etano al diésel con lo que se la elimina el trámite que se llevaba a cabo y se aceptarán como válidos los documentos que comprueben que aditivos adicionales no especificados en la NOM-016 están reconocidos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América (“EPA”, por sus siglas en inglés).
Informó también que los transportistas y distribuidores de petrolíferos podrán realizar las pruebas de calidad de forma semestral y no por cada lote transportado o distribuido.





