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Promueve CNDH cuatro acciones de inconstitucionalidad a leyes de GN

Luis Raúl González Pérez, presidente de la CNDH, en conferencia de prensa este 5 de julio. Foto: Luis Castillo

Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuatro acciones de inconstitucionalidad contra las leyes que le dan base al funcionamiento de la Guardia Nacional (GN), por considerar que no regulan los elementos mínimos indispensables de la labor de dicho cuerpo de seguridad.

En un comunicado, el organismo público confirmó que fueron impugnadas las leyes sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detenciones, y del Sistema Nacional de Seguridad Pública, “con el fin de coadyuvar a la consolidación del marco jurídico que rige a la GN”.

Mediante dichas acciones de inconstitucionalidad, dijo, se pretende que las normas que facultan a las autoridades para hacer uso de la fuerza pública y a realizar detenciones de personas “encaucen el ámbito de esa actuación para que el gobernado conozca cuál será la consecuencia jurídica de los actos que realice, y que el actuar de la respectiva autoridad se encuentre limitado y acotado, y tenga certeza en dicha actuación”.

Tales acciones “se encuadran en un contexto de colaboración institucional con el propósito de contribuir a que el marco jurídico que debe regir la actuación de la Guardia Nacional sea compatible con el parámetro de regularidad constitucional en materia de derechos humanos”, añadió.

La CNDH aclaró que las leyes impugnadas “no regulan la totalidad de los elementos mínimos e indispensables que el texto de la Constitución estableció para el contenido de dichos ordenamientos”, por lo que estimó que el Congreso de la Unión incurrió en diversas omisiones legislativas, respecto de las cuales la SCJN debe pronunciarse.

Luego de subrayar que no impugnó las leyes en su totalidad, el organismo agregó que la SCJN debe pronunciarse sobre la constitucionalidad de aspectos como la facultad de la GN para detener a particulares, solicitarles información, intervenir sus comunicaciones privadas y localizar su posición geográfica en tiempo real, sin que exista denuncia alguna.

Lo anterior, afecta la privacidad e intimidad de las personas sin fundamento legal para ello.

De igual modo, la Corte debe pronunciarse sobre la capacidad de inspeccionar y vigilar la entrada y salida de personas en el país, así como verificar si los extranjeros que residen en el territorio cumplen con las obligaciones que establece la Ley de Migración.

El objetivo es saber si lo anterior transgrede los derechos de libertad de tránsito, seguridad personal, a la intimidad, de protección de datos personales, así como la prohibición de injerencias arbitrarias.

De igual manera, la CNDH alertó que la posibilidad de la utilización de armas, incluso letales, contra quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas, vulnera los derechos fundamentales de libertad de expresión y libertad de reunión.

Además, debe analizarse la reserva absoluta, previa, permanente e indeterminada de toda la información, restringiendo el acceso a la misma y estableciendo una prohibición expresa para su acceso al público, independientemente de su contenido o naturaleza.

“La promoción de las acciones de inconstitucionalidad es tarea frecuente y fundamental para la CNDH, ya que tiene como fin último que la Suprema Corte determine si una ley protege, respeta y garantiza los derechos humanos de las personas”, recalcó el organismo.

JSL
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