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Una ley de seguridad interior no puede contravenir la Constitución: CNDH

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, (tercero, de izquierda a derecha) el 23 de noviembre de 2017. Foto Luis Humberto González

Emir Olivares Alonso

Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) enfatizó que la emisión de una ley de seguridad interior en los términos que se plantea discutir este jueves en la Cámara de Diputados presenta potenciales riesgos en el ámbito del reconocimiento, respeto y protección a las garantías fundamentales.

“Una ley no puede hacer explícita la violación a los derechos humanos, promover la ilegalidad o contravenir la Constitución”.

Agregó que de ser aprobado el dictamen tal cual se plantea se seguiría relegando a las policías civiles a un papel marginal dentro de las políticas públicas inherentes a la seguridad de las personas, las cuales dan prioridad a la acción de las Fuerzas Armadas.

El organismo presidido por Luis Raúl González Pérez emitió esta noche un pronunciamiento sobre el dictamen de Ley de Seguridad Interior que se debatirá este jueves por los diputados.

Recordó que hace más de una década la falta de capacidades y recursos en las instituciones policiales, la nula o deficiente planeación y coordinación entre las mismas, así como su posible infiltración por parte de organizaciones criminales, propiciaron que se tomara la decisión de involucrar a las Fuerzas Armadas en las acciones de seguridad, medida que, subrayó la CNDH, era excepcional y de carácter emergente y temporal.

Sin embargo, “la falta de acciones efectivas e integrales para el fortalecimiento de las policías en los distintos órdenes y niveles de gobierno, las ha relegado a un papel marginal dentro de las políticas públicas inherentes a la seguridad de las personas, las cuales dan prioridad a la acción de las Fuerzas Armadas. La omisión, la indiferencia y la falta de resultados contundentes en la capacitación y desarrollo de las policías, han hecho evidente el abandono por parte del Estado de las mismas”

Indicó que la aprobación del actual dictamen “contribuiría a mantener el estado actual de cosas, al favorecer el uso discrecional de las Fuerzas Armadas como base de una estrategia para abatir la violencia e inseguridad que se enfrenta, dejando de lado la necesidad de emprender acciones coordinadas y efectivas, desde los distintos niveles y órdenes de gobierno, para fortalecer los recursos y capacidades de las policías civiles, instancias a las que corresponde de manera exclusiva llevar a cabo las tareas de seguridad pública en términos del artículo 21 Constitucional”

Resaltó que en el marco del reconocimiento, respeto y protección de los derechos humanos, “los potenciales riesgos del dictamen que será objeto de discusión son múltiples y de diversa gravedad. Tan sólo por mencionar algunos, se podrían referir desde las imprecisiones conceptuales al mezclar el ámbito de la seguridad nacional con la seguridad interior; una definición sumamente amplia y ambigua de esta última permitiría configurar, prácticamente, cualquier conducta como un riesgo a la misma, para lo cual no habría criterios objetivos sino una facultad discrecional genérica; la imposición de una reserva absoluta sobre la información que se genere lo cual haría nugatoria cualquier expectativa de transparencia; la falta de mecanismos reales y efectivos de rendición de cuentas; la posibilidad de que las Fuerzas Armadas realicen tareas de investigación y prevención de delitos; así como la trasgresión a los derechos de reserva y secrecía en favor de las víctimas al obligarse a todas las autoridades a entregar cualquier información que sea requerida en este ámbito”.

La CNDH planteó que la propuesta de ley no establece en forma expresa la forma como se conciliará la prevención, investigación y persecución de delitos con el amplio espectro de conductas que se pretenden encuadrar como materia o riesgos a la seguridad interior, “siendo en consecuencia previsible que su aplicación trasgreda, desde el origen, garantías procedimentales básicas y derechos humanos reconocidos en la Constitución, lo cual propiciará que los responsables de una conducta ilícita tengan una puerta abierta para eludir la acción de la justicia por la indebida actuación de las autoridades, una vez que sus acciones fueran puestas a consideración de un tribunal de derecho. Mucho de lo que el dictamen refiere como materia de seguridad interior serían cuestiones que, bajo otra óptica se podrían considerar, como propias del ámbito de la seguridad pública”.

Consideró que el país requiere instituciones sólidas y el que exista certidumbre en las relaciones que se presenten entre autoridades y gobernados es un objetivo que difícilmente sería rebatible. “Sin embargo, la eventual aprobación de una Ley de Seguridad Interior en los términos en que se plantea es poco probable que contribuya a la consecución de tales propósitos. Varios de sus contenidos son debatibles, con lo cual la fortaleza institucional que se pretende quedaría en entredicho al igual que la certeza que se brinde a la sociedad.

“Los problemas de seguridad y justicia que nuestro país enfrenta se deben abordar bajo un esquema amplio, en el que se traten de manera conjunta e integrada la parte procedimental del Sistema de Justicia Penal, junto con la estructura y esquema de procuración de justicia, para concretar de manera pertinente el cambio de la actual Procuraduría General de la República a una Fiscalía General autónoma, independiente y eficaz, así como determinar el tipo de policía que asumirá sustantivamente las tareas vinculadas a la seguridad pública, así como los modelos bajo los cuales se daría su operación. Conclusiones similares han sido expresadas por expertos, académicos, organizaciones de la sociedad civil y constan en documentos tales como el Informe Preliminar de la Consulta Nacional sobre el Modelo de Procuración de Justicia, elaborado por el CIDE, el INACIPE y el IIJ de la UNAM, presentado el mes pasado”.

Finalmente enfatizó que la necesidad de que se emita una ley sobre seguridad interior, así como el alcance y contenido que, en su caso, debería tener la misma, no pueden ser producto de decisiones coyunturales o políticas.

JSL
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