Gustavo Castillo García
El juzgado primero de distrito en Materia Penal negó de manera definitiva el amparo solicitado por Simón Pedro de León Mojarro, ex coordinador de delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) durante la gestión de Rosario Robles, y deberá enfrentar el proceso penal en el que se le acusa de haber desviado más de 61 millones de pesos que debían ser utilizados para el Servicio Integral de Aplicación de Cuestionarios Únicos de Información Socioeconómica (por sus siglas CUIS), en zonas rurales y semiurbanas para la identificación y localización de pobres extremos alimentarios en las treinta y dos entidades federativas del país.
En la lista de acuerdos del Órgano de Administración Judicial (OAJ) dio a conocer la negativa de amparo para el ex funcionario federal, y declaró legal el auto de formal prisión que se dictó en su contra el 15 octubre de 2023, por lo que debe enfrentar un juicio por uso indebido de atribuciones y facultades, con base en lo establecido en el Código Penal Federal, vigente en la época de los hechos.
De esa manera De León Mojarro perdió el juicio de amparo promovido para que se declara el sobreseimiento de la acusación en su contra asegurando que había cambiado la legislación que sanciona la conducta que se imputó.
Sin embargo, la resolución de un juzgado federal fue confirmada en revisión “al considerar que el artículo 217, fracción I, inciso d), del Código Penal Federal, vigente en la época de los hechos, por el que se vinculó a proceso al ahora quejoso, y el diverso 114, fracción IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2006, prevén conductas substancialmente diferentes, por lo que no es posible realizar la confrontación y el ejercicio del control difuso de constitucionalidad solicitados”.
De esa manera se debe llegar a la etapa final del juicio en el que se le señala de haber autorizado la “indebida dicha contratación”, ya que las empresas y universidades involucradas en el contrato “no contaban con los recursos técnicos financieros y demás que fueran necesarios, ni tampoco que las actividades comerciales o profesionales estuvieran relacionadas con el objeto del Convenio de Coordinación, ni mucho menos comprobó que haya tenido esta la capacidad técnica, material y humana para la realización del servicio”.
Por esa razón se le acusa de haber ocasionado “un detrimento a la hacienda pública federal por un importe de 62 millones 877 mil 192 pesos”, refiere la lista de acuerdos del OAJ, y la sentencia firmada por el juez primero de distrito Carlos Alberto Rico.





