Jorge Torres

La diputada local del Partido Revolucionario Institucional, Rebeca Terán Guevara, presentará el próximo viernes en la sesión del Congreso del Estado una iniciativa con proyecto de decreto que propone reformar el artículo tercero fracción IX, y adicionar el inciso g) a la fracción IX del mismo artículo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, en lo referente a la violencia política contra las mujeres, donde la legisladora agrega a servidores públicos, compañeros de trabajo, medios de comunicación, representantes de partidos políticos, por sí o a través de terceros, que causen daño físico, sicológico, económico o sexual, en contra de una o varias mujeres.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la violencia contra las mujeres se traduce en una violación a sus derechos humanos y a sus libertades fundamentales, lo cual es el resultado de relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres. Refiere el Consenso de Quito en el cual se analizó la participación política y la paridad de género en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles y se enfatizó la necesidad de adoptar “medidas legislativas para prevenir, sancionar y erradicar el acoso político y administrativo contra las mujeres que acceden a puestos de decisión, así como en partidos y movimientos políticos”.

Ante esto, la modificación planteada la fracción IX del artículo tercero quedaría así: “Violencia política: cualquier acción u omisión cometida por una o varias personas, o servidores públicos, compañeros de trabajo, medios de comunicación, representantes de partidos políticos, por sí o a través de terceros, que causen daño físico, psicológico, económico, o sexual, en contra de una o varias mujeres, y/o de su familia, para acotar, restringir, suspender, o impedir el ejercicio de sus derechos ciudadanos y político-electorales, o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad”, siendo la letra en cursiva el agregado que propone la legisladora; asimismo se agregaría el inciso g) el cual quedaría así: “Conductas que impliquen amenazas, difamación, desprestigio, burlas, ofensas, insultos, palabras en doble sentido, comentarios sarcásticos, descalificación y calumnias en público o privado, por cualquier medio convencional y/o electrónico; acecho, hostigamiento o acoso sexual”.

“Censura a la libertad de expresión latente”

Al respecto, Guadalupe González, representante de la organización Ciudadanos Observando, comentó que al no ser clara la iniciativa existe un riesgo de censura, pues aunque en esencia puede ser buena la modificación al mencionado artículo, está la tentación de reprimir la libertad de expresión y empezar a atacar a gente que sea “incómoda” para los diputados con el pretexto de esta ley.

“¿Sabe usted cómo el sistema represor usaría este tipo de ‘nuevas leyes’ para perseguir a quien les sea incómodo? Bastaría con acusar inclusive a un cartonista o monero de algún periódico o portal digital al realizar éste una caricatura de algún diputado para ser acusado y castigar a interpretación de un juez hasta las palabras en doble sentido. Vaya propuesta de esta diputada, que por cierto es de la que más se niega a desaparecer el fuero para los legisladores”, dijo González, quien comentó que espera apertura de la legisladora para que esta iniciativa se pueda modificar a manera de que sea más clara y específica, para con esto evitar ataques a la libertad de expresión.

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