Redacción
iudad de México. El Diario Oficial de la Federación publicó reformas al Código Penal Federal en las que se establecen mayores penalidades a los presos que se fuguen de prisión, así como disposiciones relativas a quienes hayan participado en la fuga del reo. Estas disposiciones se presentan 20 meses después de la fuga de Joaquín El Chapo Guzmán del penal El Altiplano.
Se modifican los artículo 153 y 154 del Código Penal Federal. En el primero se señala que “si la reaprehensión del prófugo se lograre por gestiones del responsable de la evasión, se aplicarán a éste de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, según la gravedad del delito imputado al preso o detenido”.
Mientras que el artículo 154 establece que “a la persona privada de su libertad que se fugue, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, esta pena se incrementará en un tercio cuando la persona obre de concierto con otra u otras personas privadas de su libertad y se fugue alguna de ellas o ejerciere violencia en las personas”.







