Iván Evair Saldaña

La sanción contra Raymundo Collins Flores quedó firme. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el recurso promovido por el exdirector del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI), con el que pretendía anular la sentencia que lo inhabilitó por 10 años y le impuso una multa de 42 millones de pesos por abuso de funciones al conceder beneficios fiscales indebidos.

Por unanimidad de ocho votos, el Pleno aprobó el proyecto del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz con el que se negó el amparo al exfuncionario del gobierno de Miguel Ángel Mancera, y declaró constitucional el artículo 57, inciso b, de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. 

Collins Flores alegó que el artículo con el que fue sancionado es inconstitucional porque, al ser una “norma en blanco”, no define con claridad conceptos como “perjuicio al servicio público” o “beneficio”, lo que, a su juicio, permite decisiones arbitrarias.

Sin embargo, la Corte consideró que la norma no es vaga ni ambigua y que el artículo impugnado define por sí mismo la conducta sancionable y solo remite al artículo 52 de la misma ley para identificar a las personas que también pueden beneficiarse de la conducta, sin depender de otras disposiciones para configurar la infracción.

El ministro Irving Espinosa Betanzo se excusó de participar en el asunto porque, en 2022, cuando era magistrado de la Sección Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Anticorrupción del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, intervino en la resolución que sancionó a Raymundo Collins.

Cabe recordar que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ha buscado durante años detener a Raymundo Collins por presuntos delitos como uso ilegal de atribuciones y facultades, así como ejercicio indebido del servicio público. 

A finales de 2024, un Tribunal Federal le concedió un amparo que ordenó sobreseer una causa penal y dejar sin efectos una orden de aprehensión, al determinar que el delito de uso ilegal de atribuciones cometido por servidor público había prescrito. Sin embargo, el exdirector del INVI y exsecretario de Seguridad Pública capitalino aún enfrenta otros procesos penales y permanece en Estados Unidos.

Origen

El caso tuvo origen en marzo de 2018, cuando el entonces director general del INVI expidió una constancia de condominio popular para un inmueble que no cumplía con los requisitos legales, ya que más del 50 por ciento de su construcción no era de uso habitacional. Dicha irregularidad permitió una condonación indebida de contribuciones fiscales, lo que ocasionó un perjuicio a la hacienda pública por 42 millones de pesos. 

En marzo de 2021 se inició el procedimiento por presunto abuso de funciones.

En agosto de 2022, el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México lo sancionó con 10 años de inhabilitación y la reparación del daño.

La resolución fue confirmada en apelación en junio de 2023 y, posteriormente, un Tribunal Colegiado le negó el amparo en febrero de 2024. Finalmente, el exfuncionario recurrió a la Suprema Corte mediante un recurso de revisión presentado en marzo de 2024.

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