César Arellano García y Gustavo Castillo

 El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, declaró sin materia los recursos de queja que interpuso el gobierno federal contra la suspensión provisional concedidas a las empresas Eoliatec del Pacífico, Parque Solar Orejana y Energía de Tuxpan.

Por unanimidad, los magistrados Eugenio Reyes Contreras y Rosa Elena González Tirado, argumentaron que el acto reclamado quedo sin efectos, luego de que el 18 de marzo el juez Gómez Fierro les otorgó la suspensión definitiva.

Por su parte, los Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgaron otras 17 nuevas suspensiones definitivas a empresas, que detienen por tiempo indefinido la entrada en vigor de la reforma a a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, concedió la medida cautelar a seis corporaciones: Compañía Eoloeléctrica de Ciudad Victoria, Compañía Eólica de Tamaulipas, Compañía Eólica Vicente Guerrero, Compañía Eólica la Mesa, El Rollo Solar y Juárez Renovables.

Mientras que su homólogo, Rodrigo de la Peza, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, otorgó la suspensión definitiva a once empresas, que se encuentran radicadas en el expediente 113/2021.

A la fecha suman 29 las medidas cautelares que ambos juzgadores otorgaron desde el pasado fin de semana.

Obtiene Greenpeace suspensión provisional

En tanto, Rodrigo De la Peza López Figueroa, otorgó a Greenpeace México una suspensión provisional contra la aplicación de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, por sus posibles efectos negativos en los derechos humanos a la salud y al medio ambiente sano.

El juzgador otorgó el recurso al considerar válidos los argumentos de la demanda presentada por Greenpeace, en donde se solicita considerar inconstitucionales las reformas a la LIE porque podrían vulnerar los derechos humanos colectivos cuya protección es de interés público, específicamente en cuanto a los derechos a la protección a la salud y al medio ambiente sano.

El juez apuntó que “el Estado se encuentra obligado a no emitir disposiciones que vayan en contra del progreso que se haya alcanzado en materia de protección ambiental, tomando en cuenta las posibilidades y recursos estatales”.

Esta suspensión provisional, con número de expediente 135/2021, deja sin efectos momentáneamente las modificaciones a la LIE, en tanto se desahoga la audiencia incidental fijada por el juzgador para el próximo 25 de marzo, cuando se aportarán mayores elementos sobre el tema.

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