Claudia Herrera Beltrán
Ciudad de México. El Tribunal Electoral desestimó diversas denuncias presentadas contra el priísta Alfredo del Mazo, entre ellas el reparto de la tarjeta “Salario Rosa” o del desvío de recursos del gobierno federal a su campaña, mediante la entrega de programas sociales. Por tanto, validó su elección como gobernador del Estado de México faltando unas horas para que hoy asuma el cargo.
Los magistrados de la Sala Superior concluyeron por unanimidad que los cómputos finales tras el recuento de 52 casillas fueron los siguientes: PRI-PVEM-Nueva Alianza-Encuentro Social: 2 millones 041 mil 982 votos; Morena, un millón 871 mil 361; PRD, un millón 084 mil 574; PAN, 682 mil 480; PT, 65 mil 667 y candidata independiente, 130 mil 145.
No debatieron su determinación en la sesión. Solo la magistrada presidenta, Janine Otálora advirtió que declarar la nulidad de la elección “requiere que esté plenamente acreditada la existencia de violaciones sustanciales o irregularidades graves que lleven al juez al pleno convencimiento de que es la única manera de reponer la democracia”. Además advirtió que ese camino conlleva costos económicos y desgaste de la ciudadanía.
De manera que declararon infundados diversos agravios, presentados en su mayoría por Morena y el PT, porque ya habían sido analizados previamente por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) y la propia Sala Superior.
Aunque funcionarios de gobiernos federal y del Edomex entregaron millonarios beneficios de los programas sociales en eventos masivos, los magistrados rechazaron que se hiciera un uso indebido de los mismos y justificaron la entrega de dinero vía la tarjeta Banorte a beneficiarias del programa “Mujeres que logran en grande”.
Validaron el reparto de la tarjeta “Salario Rosa”, porque según los magistrados, no existió coacción en el electorado y solo constituyó propaganda electoral, micas cuya distribución el INE prohibió en unos recientes lineamientos.
Si bien los magistrados reconocieron que 9 mil personas eran beneficiarias de un programa social y también representantes partidistas, no se puede concluir que el beneficio fuera exclusivo para quienes fueron enviados por el PRI.
Reiteraron que no hubo violencia política de género en contra de Delfina Gómez Álvarez, quien fuese candidata de Morena a la gubernatura del Edomex y fuese atacada por los dirigentes del PRI, del PAN y el ex presidente Felipe Calderón. También calificaron de “afirmaciones subjetivas” los señalamientos de que diversos órganos electorales actuaron de manera irregular.
Previamente resolvieron varios aspectos de fiscalización y le dieron la razón al Instituto Nacional Electoral (INE) en cuanto a que no era competente para investigar las denuncias relacionadas con supuestos actos de corrupción y transferencia de recursos de la empresa OHL al erario federal y al del Edomex por mil 600 millones de pesos.
Según los integrantes de la Sala Superior, “no se advierte de qué forma las supuestas irregularidades guardan relación con la materia electoral, campaña electoral o partido político. Además de que quedó acreditado el origen y destino lícito de los recursos objeto de denuncia, sin que la autoridad electoral tenga competencia para determinar el destino de los recursos correspondientes a la cuenta pública del Estado de México”.
Delfina Gómez no hizo actos anticipados de campaña
Los magistrados concedieron muy poco a Morena. Lo más relevante es que revocaron otra determinación del TEEM, que sancionó a Gómez Álvarez, por haber realizado supuestos actos anticipados de campaña el 10 de junio de 2016 cuando fue nombrada promotora de la soberanía nacional, y también instruyeron al INE para que tome en cuentas unas facturas que no consideró en la revisión de las cuentas del partido.





