Eduardo Murillo
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó este martes un tercer proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo, en el cual se proponía invalidar la Norma Oficial Mexicana (NOM), que define los procedimientos para permitir la interrupción legal del embarazo (ILE) a las mujeres víctimas de violación.
La controversia fue promovida por el Congreso estatal de Baja California, quien argumentaba que para la aprobación de esta NOM no se habían cumplido los requisitos que marca la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN).
En la víspera, el Pleno de Ministros había desechado otras dos controversias similares, con base en que una NOM puede emitirse o reformarse cuando sea preciso para cumplir con una ley, lo cual ocurrió con la norma impugnada, para ajustarla a lo que mandata la Ley General de Víctimas.
Con base en estos antecedentes, la SCJN acordó repetir sus votaciones sobre el tema y desechar la propuesta de invalidar la NOM-046-SSA2-2005, por 8 votos contra 3.
Entre otros puntos, esta NOM, dispone que las víctimas de violación puedan solicitar la ILE en cualquier hospital público sin necesidad de presentar una denuncia ante el Ministerio Público, los médicos deben atenderla y creer en su palabra de buena fe, incluso si se trata de una menor de edad, mayor de 12 años, quienes pueden acceder a este procedimiento sin tener que pedir autorización a sus padres.







