El diputado perredista J. Guadalupe Torres Sánchez presentó una iniciativa que pretende adicionar un segundo párrafo al artículo 27 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, con lo cual se blindaría la información de carácter financiero que es recabada por la Auditoria Superior del Estado a las entidades públicas que revisa.
El legislador señaló que se plantea esta modificación a fin de que la información financiera que recaba la ASE no sea utilizada de manera irresponsable, y mucho menos se dé a conocer a terceros, por tratarse de datos que no le son propios al órgano Fiscalizador.
Manifestó que con motivo del ejercicio de fiscalización que realiza la ASE, se tiene el conocimiento y procesamiento de datos e información relevante e indispensable para el funcionamiento de los entes públicos auditados, como pueden ser entre otros la información financiera, cuentas bancarias e incluso fideicomisos de que son parte las entidades públicas, ya que es el ejercicio de comprobación que realiza el órgano técnico fiscalizador a los organismos públicos fiscalizables, aquel que le permite conocer los datos personales y crediticios de éstos, sin embargo estos datos son ajenos a la dependencia y no forman parte en ningún momento de la relación jurídica de la que solo pertenecen la institución bancaria y sus clientes, por lo que la reserva y confidencialidad de estos datos por parte de la Auditoria Superior del Estado debe ser protegida con absoluta secrecía.
Con dicha modificación el párrafo que se adicionaría al artículo 27 de la Ley de Fiscalización y Rendición de cuentas quedaría de la siguiente manera: La información y documentación relativa a las cuentas bancarias, financieras o cualquier información crediticia de los entes auditados tendrá carácter de confidencial, por lo que, en ningún caso podrán dar noticias o información de las mismas, incluyendo los fideicomisos de los que formen parte, salvo en los casos en que se autorice por parte del ente público fiscalizado el otorgamiento de dicha información, o exista riesgo de que sean afectadas aquellas en las cuales éstos reciban participaciones federales o estatales, en cumplimiento al artículo 20 de la Ley de Coordinación Fiscal del estado de San Luis Potosí.





