Hollande aconseja “prudencia” a cementera aspirante al muro
9 marzo, 2017
Inadecuado, separar a hijos de madres en frontera: SG
9 marzo, 2017

Discute la Corte validez de ‘Ley Atenco’

corte

Jesús Aranda

Ciudad de México. Al iniciar la discusión sobre la constitucionalidad de la llamada Ley Atenco, el ministro Eduardo Medina Mora fue contundente: es inconstitucional, porque para eso existen protocolos y manuales, además que está pendiente la aprobación de una Ley General en la materia, como se lo demandó al Estado mexicano la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

“Sería como querer clavar gelatina con tachuelas”, aseveró.

Al pronunciarse por la invalidez de las fracciones II y III del artículo tercero de la Ley que regula el uso de la fuerza en el Estado de México –al igual que José Ramón Cossío-, Norma Lucía Piña Hernández advirtió que la norma no es clara al definir los conceptos “agresión real” y “agresión inminente” , lo que “puede generar abusos sumamente graves”.

Dijo que tan no es claro el artículo referido que, si en una manifestación alguien grita injurias a autoridades o funcionarios, ésta actitud podría catalogarse como un “bien jurídico protegido” que se persiga penalmente como es el honor, por lo que si una persona amenaza a la autoridad o la agrede verbalmente, se justificaría el uso de la fuerza pública según la ley impugnada.

Aseveró que el uso de la fuerza pública es extremo y limitante para el Estado y tiene la única finalidad de garantizar los derechos humanos.

Piña Hernández cuestionó el proyecto de dictamen que avala el artículo referido, ya que éste propone una “interpretación conforme” del mismo señalando que si la autoridad o los ciudadanos la interpretan de tal manera, entonces sería constitucional; sin embargo, subrayó, precisamente la falta de claridad es lo que define su inconstitucionalidad.

En una sesión que empezó pasadas las 12 del día y que terminó casi una hora después, los ministros iniciaron la discusión de las acciones de inconstitucionalidad que presentaron las Comisiones Nacional de Derechos Humanos y Estatal de Derechos Humanos del Estado de México, las cuales impugnan una docena de artículos.

A pesar de ello, Medina Mora cuestionó que no es posible comparar estándares de uso de la fuerza de parte de las fuerzas armadas con las policías, porque eso crea confusión.

Comentó que los antecedentes que trae el proyecto de dictamen –elaborado por Alberto Pérez Dayán- sobre excesos de militares en casos resueltos por la justicia interamericana con relación a Perú y Venezuela, no son aplicables a la ley mexiquense, porque no se puede comparar una toma de rehenes con una manifestación.

Para el ex procurador general de la República y ex secretario de Seguridad Pública federal, cuando ocurrieron los hechos violentos en San Salvador Atenco – por cierto la ley impugnada es conocida como Ley Atenco-, para un Estado democrático, “es indispensable tener una policía grande y fuerte, para no tener que usarla, el poder coercitivo debe ser creíble para hacer valer la paz pública”.

Destacó que la policía tiene parámetros y protocolos que debe cumplir, cuando escapa del cumplimiento de su deber es cuando se actualizan responsabilidades administrativas o penales.

Medina Mora aseveró que la debe prevalecer la racionalidad en el uso de la fuerza para hacer cumplir las leyes, siempre respetando los derechos humanos, porque la legitimidad misma de un Estado fuerte se da cuando usa medios coercitivos sólo, cuando es indispensable,

El respeto irrestricto de los derechos humanos es precondición de eficacia operacional, de lo contrario, las policías pierden credibilidad, dijo.

Después de intervención de Piña Hernández, el ministro presidente mandó a receso para regresar casi 20 minutos después, sólo para anunciar que, debido a la hora faltaban casi 30 minutos para las dos de la tarde -hora en la que termina la transmisión de la sesión por el Canal Judicial-, la discusión continuará el próximo lunes.