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Invalida SCJN reformas a Código Electoral de Jalisco

Recinto de la Suprema Corte en la Ciudad de México. Foto Roberto García Rivas / archivo

Eduardo Murillo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas al Código Electoral de Jalisco aprobadas por la mayoría del congreso local en mayo pasado y que modificaron las fechas del proceso para las elecciones estatales.

Una mayoría de ocho ministros del pleno señalaron que el dictamen de este asunto fue entregado a los miembros de la Comisión de Puntos Electorales y Constitucionales del congreso local con menos de una hora antes de la cita para su votación.

Además, sostuvieron que tanto la comisión como el pleno del congreso fueron citados para sesionar a la misma hora, lo que evitó que hubiera un tiempo razonable para analizar la iniciativa que se votó.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá afirmó que todas estas deficiencias impidieron que se respetara la democracia deliberativa que debe prevaler como principio para el correcto proceso legislativo.

Con esta decisión, los ministros dieron la razón al partido político local Hagamos, que fue quien promovió la acción de inconstitucionalidad contra los cambios a los artículos 137, 214, 229, 232, 692 y 693 del Código Electoral de Jalisco.

Sin embargo, quedó pendiente de resolver si esta decisión tendrá un efecto inmediato o hasta después de que concluya el actual proceso electoral, toda vez que éste ya comenzó y modificarlo podría causar incertidumbre jurídica. Será hasta el martes que el pleno de la SCJN decidirá al respecto.