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Otorgará IMSS beneficios fiscales a patrones en Guerrero

Damnificados por el huracán 'Otis' en Acapulco, Guerrero. Foto Alfredo Domínguez

Lilian Hernández Osorio

Ciudad de México. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorgará beneficios fiscales y facilidades administrativas a patrones o sujetos obligados con centros de trabajo o establecimientos ubicados en los 47 municipios de Guerrero que resultaron afectados por el paso del huracán Otis.

Un acuerdo dictado por el Consejo Técnico del Seguro Social en sesión ordinaria del pasado 31 de octubre, se aprobaron estos beneficios, a fin de que puedan pagar diferido o en parcialidades.

“Lo anterior, sólo será aplicable a la parte de la cuota patronal que les corresponda cubrir; en todo caso, las cuotas que se retengan a los trabajadores deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establece la Ley del Seguro Social”, aclaró el acuerdo publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con lo establecido en dicho acuerdo, se podrá autorizar, “de manera excepcional y previa solicitud de los patrones o sujetos obligados” que cuenten con sus centros de trabajo o cualquier otro establecimiento en alguno de los municipios afectados por el huracán Otis el pago a plazos o diferido de las cuotas a su cargo hasta por los seis periodos posteriores a la fecha de su solicitud, sin que al efecto resulte necesario garantizar el interés fiscal respectivo.

Sin embargo, aclaró que las cuotas respectivas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como las que se retengan a sus trabajadores, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establece la Ley del Seguro Social.

Otro de los puntos que establece el acuerdo es instruir a la persona titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que verifique que el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero, así como sus Subdelegaciones, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, se abstengan de imponer multas o, en su caso, dejen sin efecto las impuestas a los patrones y sujetos obligados que lo soliciten y obtengan autorización para el pago a plazos de las cuotas.

Otro de los puntos aprobados es que se declaran como inhábiles los días comprendidos desde el 24 de octubre de 2023 y hasta el día en que nuevamente el IMSS determine que han cesado las condiciones de emergencia.