Jorge Torres
Marco Antonio Arredondo Bravo, quien representa legalmente a cerca de 200 comuneros que integran la Congregación de Escalerillas, denunció la omisión de la magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Distrito XXV de San Luis Potosí, Lilia Isabel Ochoa Muñoz, en la aplicación de la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado, que se dio desde finales de 2015, donde se ordena devolver 5 mil 815 hectáreas a los dueños legítimos de la congregación
Ahora, aseguró, el Primer Tribunal Colegiado Civil y Administrativo del Estado está ordenando a la magistrada cumplir esta sentencia, si no caería en un juicio de responsabilidad.
Arredondo Bravo explicó que el Tribunal Unitario Agrario tiene que subsanar las omisiones y las dilaciones, esto en base al juicio agrario 873/2005 y 355/2006, y con esto requerir a los promoventes para que señalen a los nuevos integrantes del comisariado de bienes comunales de la Congregación de Escalerillas, y además requiera a todas las autoridades involucradas a efecto de que conformen todos los datos que concluyan en rendir un informe al respecto.
“La magistrada debe de cumplir la sentencia del amparo en revisión 513/2015, y subsanar todas las omisiones que dictó para emitir una nueva resolución y que debe dejar insubsistente en las audiencias del 11 de julio, 23 de agosto, 27 de septiembre y 13 de octubre de 2016, ya que esto ocurre en vicios de procedimiento señalados en la sentencia”, dijo el abogado, quien destacó que con esta resolución se está dando certeza jurídica a la congregación, ahora se espera que la magistrada tenga otra posición sobre todo este “letargo” en el procedimiento.
Finalmente, puntualizó que ya no hay marcha atrás y esta magistrada debe cumplir la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado, pues además este tribunal apercibe legalmente a la magistrada conforme lo que refiere el artículo 193 de la Ley de Amparos, el cual señala que si la autoridad no cumple con la ejecutoria de amparo el funcionario en cuestión deberá ser separado de su cargo y consignar a la autoridad competente, es decir, a un juez de distrito, por no cumplir con la sentencia.





