Israel López Monsivais

La Revolución Mexicana fue la última revuelta popular que dio nacimiento a la Constitución de 1917, siendo su mayor logro los artículos 3, 27 y 123. A cien años de su promulgación los derechos sociales conquistados se ven amenazados por la hegemonía neoliberal. El numeral 123 reivindica las demandas históricas de los trabajadores y obreros.

Acerca de los primeros gobiernos posrevolucionarios podemos decir que no cumplieron con los derechos sociales otorgados por la Carta Magna. Fue el general Lázaro Cárdenas (1934-1940) quien construyó el Estado social integrando a los trabajadores. En el momento populista del sexenio cardenista los sindicatos se adhirieron al partido oficial (PRM).

Acéptese o no este es uno de los mayores errores de los trabajadores, ya que por su cercanía al poder se fueron esfumando las luchas obreras. En el sexenio alegre de Miguel de la Madrid (1946-1952) los representantes de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) se convirtieron en paleros del partidazo (PRI), líderes sindicales charros que abandonaron las reivindicaciones laborales.

Dado el aumento de la burocracia gubernamental fue necesario adherir un apartado “B” al artículo 123 constitucional, éste regularía las relaciones trabajadores del Estado y gobierno federal. Del mismo modo la Constitución federal otorga la facultad a los congresos locales para legislar en esta materia. Por lo tanto, en SLP los vínculos entre trabajadores del sector público y autoridad son reglamentados por una legislación estatal.

De acuerdo con el aparatado “A” del numeral citado se deriva la Ley Federal del Trabajo, instrumento jurídico que establece las obligaciones, derechos y prestaciones de los trabajadores. De estas diferenciaciones nacen las preguntas: ¿qué tipo de trabajadores son los diputados locales? ¿qué prestaciones merecen? y ¿cómo las debemos de regular?

Actualmente existe una laguna jurídica en el caso de los diputados locales de SLP quienes unilateralmente aprueban acuerdos con las mejores condiciones laborales: 90 días de aguinaldo, vales de gasolina, seguro médico privado, automóviles del año, salario estratosférico y fondo de ahorro, por mencionar algunas prestaciones que ellos mismos se otorgan.

Examinemos minuciosamente el fondo de ahorro para ejemplificar la problemática. Esta prestación se entiende por las aportaciones económicas que realizan las empresas y los trabajadores. Es una prestación que se consigue en la negociación del contrato colectivo de trabajo. El patrón se compromete a realizar contribuciones mientras al trabajador se le descontarán del salario las cantidades acordadas.

En la reglamentación estatal de SLP se establece que los trabajadores del sector público sindicalizados pueden acceder a esta prestación, quedando excluidos los de confianza y primer nivel. ¿Por qué los parlamentarios de SLP se autorizaron esta prestación? No son trabajadores base, ni de confianza, son representantes populares.

Esto nos lleva a la nota publicada el 15 de mayo de 2017 en el diario Pulso en la que se indica que los diputados locales se incrementaron el fondo de ahorro. La reportera Pamela Esparza explica que los legisladores potosinos y funcionarios de primer nivel del Poder legislativo acrecentaron en 8.6 millones dicha prestación sin justificación legal. Cada mes se destina un millón 190 mil para su beneficio (http://pulsoslp.com.mx/2017/05/15/diputados-se-suben-el-fondo-de-ahorro/).

Tan sólo en el año curso acumulan 14.3 millones de pesos para el retiro de los 27 representantes y tres trabajadores de primer nivel. Los congresistas locales aportan lo equivalente a 13 por ciento de su descomunal salario y el Congreso local contribuye con la misma cantidad. El problema no es que ahorren de su sueldo, lo cuestionable es que unilateralmente se autoricen una suma equivalente para su fondo con recursos públicos.

No son trabajadores sindicalizados y no existe un contracto colectivo que establezca estas condiciones. Son juez y parte al acordar estas ventajosas condiciones laborales. Probablemente no incurran en ninguna ilegalidad. Sin embargo, es un asunto de ética pública. Se sirven con la cuchara grande al tratarse del presupuesto.

Significativamente la reforma laboral de 2012 precarizó aún más las condiciones laborales. Curiosamente representantes de la 61 Legislatura ocupaban una curul en San Lázaro en ese entonces. Rebeca Terán Guevara, Óscar Bautista Villegas, Enrique Flores Flores y Esther Angélica Martínez Cárdenas aprobaron las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, contrasentido que siendo diputados federales recortaran derechos laborales y como diputados locales se beneficien.

Por último, recordemos que cuando mañosamente se anunció la supuesta eliminación de los apoyos legislativos que recibían los integraron a su salario. En consecuencia, aumento el fondo de ahorro en comparación a la 60 Legislatura.

Aguijón: estas lagunas jurídicas se deben atender. Imaginemos ahora con la reelección un diputado local podrá estar doce años. Su fondo de ahorro sería insultante para los trabajadores y obreros. Por cierto, nuestros representantes también se liquidan al concluir su labor sin tener derecho a ello.

@francotiradort1

liclopezmonsivais@gmail.com

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