Xinhua

Sao Paulo. El Supremo Tribunal Federal, la máxima corte de Brasil, decidió este lunes por unanimidad mantener la despenalización de la tenencia de mariguana para uso personal, fijando la cantidad permitida en 40 gramos para diferenciar a los usuarios de los narcotraficantes.

La información fue divulgada luego de que el tribunal rechazó dos recursos presentados a un fallo anterior por la Defensoría Pública y el Ministerio Público.

Según explicó la oficina de prensa de la Corte, la decisión no legaliza la posesión de mariguana, que sigue siendo ilegal y ratifica que fumar la droga en lugares públicos sigue estando prohibido.

La Corte Suprema se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 28 de la Ley de Drogas (Ley 11.343/2006), norma que para diferenciar a usuarios y traficantes prevé penas alternativas de servicios comunitarios, advertencias sobre los efectos de las drogas y asistencia obligatoria a un curso educativo.

El Supremo Tribunal Federal, según la oficial Agencia Brasil, confirmó la vigencia de la norma, pero entendió que las consecuencias son administrativas, por lo que ya no es válida la posibilidad de prestar servicios comunitarios.

Según la decisión, la posesión y porte de hasta seis plantas de mariguana hembra tampoco produce consecuencias penales.

En cualquier caso, el usuario puede seguir siendo considerado traficante de droga, incluso con pequeñas cantidades de mariguana, si las autoridades policiales o judiciales encuentran pruebas de venta de droga, como balanzas y notas contables.

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