Rosa Miriam Elizalde
Hay leyes que mantienen una larga y tediosa ancianidad.
El 20 de agosto, Donald Trump volvió a echar mano de una legislación de hace más de un siglo, al prorrogar hasta el 14 de septiembre de 2027 las facultades de la Trading with the Enemy Act (TWEA, en español, Ley de Comercio con el Enemigo) aplicadas a Cuba. La firma no añadió una sanción nueva. Hizo algo peor: mantuvo en funcionamiento una excepcionalidad jurídica nacida en 1917.
Wayne S. Smith, ex jefe de la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, calificó la norma de “ley ridículamente obsoleta”. No porque toda legislación antigua sea necesariamente absurda, sino por la distancia entre este instrumento y la realidad a la que todavía se aplica.
La Ley de Comercio con el Enemigo fue promulgada por el Congreso de Estados Unidos el 6 de octubre de 1917, hace casi 109 años. Otorga al jefe de Estado la facultad de restringir al mínimo el intercambio con países denominados “hostiles” y disponer de los bienes del “enemigo” en territorio estadunidense.
La legislación era tan literalmente bélica que se ocupó de definir cuándo comenzaba y cuándo terminaba una guerra. El comienzo dependía de una declaración del Congreso; el final, de un tratado de paz.
Regulaba cablegramas y mensajes inalámbricos, exigía traducciones al inglés de ciertos artículos publicados en lenguas extranjeras y otorgaba jurisdicción a tribunales de Filipinas y de la Zona del Canal, entonces bajo jurisdicción de Washington. No son curiosidades de museo, sino las coordenadas del mundo para el cual fue concebida. Ese mundo desapareció hace mucho, pero la excepcionalidad aplicada a Cuba, no.
El abogado Samuel Anatole Lourie, en un artículo publicado en el Michigan Law Review en plena Segunda Guerra Mundial, sostuvo que la ley ya era vieja y obsoleta en 1941 y consideraba preferible aprobar una TWEA enteramente nueva en vez de seguir remendando la de 1917.
Hasta quienes defendían la ampliación de estas facultades reconocían el problema de aplicarlas en tiempos de paz. Su argumento era que una guerra moderna podía comenzar económicamente antes de que disparara el primer soldado. Era una explicación comprensible mientras Rommel combatía en África y los submarinos alemanes recorrían el Atlántico. Es decir, la legislación que Estados Unidos continúa invocando contra Cuba en 2026 ya era descrita como decadente hace 85 años, cuando Franklin Roosevelt estaba en la Casa Blanca y Hitler todavía gobernaba Alemania.
Aquella antigualla jurídica cobró segunda vida con Cuba. El bloqueo de 1962 decretado por John F. Kennedy prohibía el comercio; faltaba controlar el dinero.
Un año después, Washington recurrió a las facultades de la TWEA para congelar activos cubanos y someter operaciones financieras a autorización. La paradoja estaba servida: una legislación concebida para la guerra proporcionaba la maquinaria jurídica de una guerra económica contra un país con el que Estados Unidos no estaba formalmente en guerra.
En 1977, el propio Congreso reconoció que los poderes económicos de emergencia acumulados por la Presidencia necesitaban otro marco. Aprobó la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) –que Trump ha invocado ahora contra Irán– y restringió nuevamente la TWEA fundamentalmente al ámbito bélico. Pero dejó una puerta entreabierta: los programas existentes podían continuar mediante renovaciones anuales. Por aquella puerta pasaron Cuba, China, Vietnam y Corea del Norte. Con el paso de los años, esas excepciones fueron desapareciendo.
Todas menos una: Cuba quedó como el único país sometido todavía a una autoridad jurídica nacida para emergencias en tiempos de guerra.
Aquí la palabra “emergencia” hay que ponerla entre significativas comillas.
Cuando un mecanismo excepcional se prolonga durante generaciones, quizá lo extraordinario ya no sea la amenaza invocada, sino la permanencia de un instrumento que no ha demostrado eficacia alguna, salvo como castigo a un pueblo.
Porque, como todo el mundo sabe, la sucesión de acosos y el atrincheramiento de los políticos estadunidenses han resultado baldíos, más allá de multiplicar las penalidades.
La Revolución cubana sigue ahí más de 60 años después, pero durante décadas las regulaciones derivadas de esta arquitectura han alcanzado operaciones bancarias, viajes, intercambios académicos, remesas y decisiones comerciales que rara vez aparecen en la prosa solemne de una determinación presidencial. Para una familia cubana, la geopolítica puede adoptar formas bastante menos abstractas: barcos de petróleo que no llegan, apagones de 20 horas, un proveedor de alimentos que se retira, un medicamento cuya adquisición se complica, un enfermo que necesita hemodiálisis y no sabe hasta cuándo le alcanzará la vida porque sus catéteres están dentro de un contenedor retenido en un puerto.
La discusión, por eso, rebasa a la isla.
Habla de algo antiguo y contemporáneo al mismo tiempo: la facilidad con que los poderes excepcionales sobreviven a las circunstancias que les dieron origen. Washington suele ser más eficaz para declarar emergencias que para clausurarlas.
La firma de Trump en 2026 cabe en una página, pero detrás de ella hay dos guerras mundiales, Hiroshima, la derrota del fascismo, una revolución, una guerra fría concluida hace décadas y casi medio siglo de excepción legislativa que perdió a todos sus integrantes, menos uno. Y la pregunta, tantos años después de esta ley “ridículamente obsoleta”, es elemental: ¿qué guerra libra Estados Unidos contra Cuba que requiere renovar anualmente una facultad nacida para administrar en su país los bienes del enemigo? Y subrayo: ¿qué bienes?, ¿qué enemigo?





